0007-R-2020
diciembre 18, 2020
Resuelve:APROBAR, de manera excepcional la periodicidad de las valorizaciones correspondientes al mes de diciembre, el cual se establece de la siguiente manera:
Primer periodo: del 01 de diciembre al 26 de diciembre, teniendo la supervisión 03 días hábiles siguientes para la aprobación de la Valorización, contados del último día de valorización.
Segundo periodo: del 27 de diciembre al 31 de diciembre, teniendo la supervisión 05 días hábiles siguientes para la aprobación de la Valorización, contados del último día de valorización.